La práctica de la prueba en la etapa de juzgamiento por el delito de receptación
Productor: Ambato : [sin editorial] , 2019Descripción: 192 páginas ; 22 cmTipo de contenido:- texto
- no mediado
- volumen
- DISERT 340 M3869p
Tipo de ítem | Biblioteca actual | Colección | Signatura topográfica | Copia número | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras | Reserva de ítems | |
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Tesis | Sede Ambato Sala general | Col General | DISERT 340 M3869p (Navegar estantería(Abre debajo)) | Ej.1 | No para préstamo | AMB077024 |
Proyecto de Investigacion ( Abogado) Pontificia Universidad Catolica del Ecuador, Escuela de Jurisprudencia.
1.Estado del Arte y la Practica.--2.Diseño Metodologico.--3.Analisis de los Resultados de la Investigacion.
Disponible en el Repositorio Digital
La investigacion tiene como objetivo analizar la practica de la prueba en la etapa de juzgamiento por el delito de receptacion. Se evidencia como problema la necesidad de investigar de que forma se practica la prueba en el delito de receptacion tipificado en el articulo 202 del Codigo Organico Integral Penal, se considerado este un tipo penal innovador y dificultoso para ser probado en la practica. En esta investigacion se aplico un diseño metodologico cualitativo, fue necesario para la recoleccion de informacion aplicar entrevistas a fiscales, expertos/jueces y abogados en libre ejercicio que manejan el tema de la receptacion. Como metodo general se aplico el analitico y como metodo especifico el dogmatico – comparativo, el primero permitio el estudio de la prueba y sus elementos que lo componen y el segundo el analisis de la normativa nacional e internacional sobre la receptacion y la accion de probar en la legislacion Ecuatoriana. Finalmente, como resultado se evidencia que Fiscalia no actua bajo el principio de objetividad y juzga a una persona sin haber realizado el estudio de los tres estadios del injusto penal, la responsabilidad, la materialidad y la culpabilidad, considerando que la mera existencia de una denuncia de la calidad de ese bien como robado, hurtado o producto de abigeato es suficiente prueba para determinar la existencia del tipo penal, esto hace que la persona procesada sea victima del sistema de justicia en los derechos de inocencia y legitima defensa.
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